El 3 de septiembre de 1939, a los dos días de iniciada la invasión de Polonia, Heydrich informa a las delegaciones de la Policía del Estado sobre los «Principios de la seguridad interior del Estado durante la guerra»:
1. Todo intento de corroer la cohesión y la voluntad de lucha del pueblo alemán será reprimido sin contemplaciones. En particular, se deberá intervenir de forma inmediata y con detención contra cualquier persona que por sus declaraciones dude del derecho a la guerra o la cuestione.
[…]
4. Seguidamente se informará sin dilación al jefe de la Policía de Seguridad, solicitándole resolución sobre el tratamiento ulterior del caso, dado que eventualmente se procederá, por instrucciones de instancias superiores, a la brutal liquidación de tales elementos.
El 8 de septiembre de 1939, el ministerio de Justicia del Reich emitió una nota de prensa, para ser reproducida en los periódicos:
El Reichsführer SS y jefe de la policía [es decir, Himmler] comunica que Johann Heinen, de Dessau, fue fusilado el 7-9-1939 por negarse a cooperar en las tareas de protección enmarcadas en la defensa nacional. Heinen era, además, un delincuente convicto por robo.
La nota proseguía mencionando dos ejecuciones más, uno fusilado por «incendio y sabotaje premeditados» y el tercero un testigo de Jehová, que se negaba a prestar el servicio militar.
El Ministro de Justicia, Franz Gürtner (1881-1941), quiso averiguar qué base legal tenían esas «ejecuciones sin juicio» de ciudadanos alemanes. Varias semanas después el mismo Hitler le comunicó que él en persona había ordenado estas y otras muertes, ya que los tribunales «no estaban a la altura de las circunstancias especiales de la guerra.»
Desde septiembre de 1939 hasta enero de 1940 Hitler encargó a Himmler un total de 18 penas de muerte sobre delincuentes que en ocasiones ya habían sido juzgados, pero no con la severidad que deseaba el Führer, además de otros que ni siquiera habían llegado a los tribunales. Entre ellos había dos atracadores de bancos cuya sentencia de cárcel no le había gustado, varios delincuentes sexuales acusados de violaciones, un incendiario, un impostor que se había hecho pasar por oficial de submarinos, y un ladrón de bolsos que se había aprovechado de las normas de oscurecimiento.
Para todo esto no existía ninguna base legal, ni tan siquiera se intentó construirla. Los jueces tuvieron que aceptar que sus resoluciones no servían para nada. Aun dictando las sentencias más severas que podían, aplicando leyes proclamadas por el régimen, en cualquier momento la Gestapo podía aplicar su propia ley y encerraba en campos de concentración a acusados declarados inocentes, e incluso a sus abogados, si molestaban demasiado. El criterio, en todos los casos, era político.
Peter Longuerich: Heinrich Himmler, biografía. Traducción de Richard Gross. RBA Libros, Barcelona 2009, pg. 439 y ss.
William L. Shirer: Berlin Diary. The Journal of a Foreign Correspondent 1934-1941. Alfred A. Knopf, Nueva York 1942. Entrada del 8-9-39, pg. 206. Hay varias ediciones en español, la última: Diario de Berlín. 1936-1941 Penguin Random House Grupo Editorial, 2015